¿Qué compensación si hay una huelga de manipuladores de equipaje en un aeropuerto?

Las huelgas en general son uno de los principales motivos de retrasos, cancelaciones de vuelos o denegaciones de embarque en el mundo aéreo.

Según el Reglamento Europeo CE nº 261/2004, si esto es inherente a la aerolínea, ésta debe compensar económicamente a cada uno de sus pasajeros, un valor que oscila entre 250€ y 600€. De lo contrario, si puede demostrar que se tomaron todas las medidas necesarias y que estos inconvenientes no se pudieron evitar, no tiene que compensar a sus clientes, sino que incluso debe cuidar de ellos, y ofrecerles un transporte alternativo o el reembolso de sus billetes. .

 

Condiciones de elegibilidad en caso de huelga de manipuladores de equipaje :

Si has sufrido retrasos, cancelaciones o denegación de embarque debido a una huelga de manipuladores de equipaje, no tienes derecho a obtener una compensación económica, según la normativa de la Unión Europea, ya que ésta no es provocada por la aerolínea. Sin embargo, en determinados casos, si viajabas hacia o desde la Unión Europea, puedes reclamar una compensación económica de hasta 600 euros:

  • Si los manipuladores de equipaje en el aeropuerto son proveedores de servicios de la aerolínea.
  • Si los vuelos se reanudan con normalidad tras la huelga de los manipuladores de equipaje, y la aerolínea niega el embarque a un pasajero, por falta de asiento, que fue ocupado por otro pasajero asignado a este vuelo.
  • Si el vuelo se cancela antes del primer día oficial de huelga de los manipuladores de equipaje.

 

El monto de la compensación :

El Reglamento Europeo CE nº 261/2004, que protege a los pasajeros aéreos, asigna importes de compensación que varían en función de la distancia del vuelo:

  • Si la distancia del vuelo es inferior a 1500 km, la compensación es de 250€.
  • Si la distancia del vuelo está entre 1500 km y 3500 km, la compensación es de 400€.
  • Si la distancia del vuelo es superior a 3500 km, la compensación es de 600€.

 

Apoyo en caso de huelga de manipuladores de equipaje:

Normalmente, la compañía aérea deberá prestar los siguientes servicios, sea o no responsable del retraso en la cancelación del vuelo, o de la denegación de embarque, incluso en el caso de circunstancias extraordinarias, o de que una huelga no sea la causa:

  • Vuelo de corta distancia (hasta 1500 km) con retraso de 2 horas o más : se deben servir snacks y bebidas a los pasajeros, así como la posibilidad de realizar 2 llamadas telefónicas o enviar 2 correos electrónicos.
  • Vuelo de media distancia (entre 1500 km y 3500 km) y vuelos intracomunitarios (más de 1500 km) con retraso igual o superior a 3 horas : se deberá servir snacks y bebidas a los pasajeros, así como la posibilidad de realizar 2 llamadas telefónicas o para enviar 2 correos electrónicos.
  • Vuelo de largo recorrido (más de 3.500 km) con retraso de 4 horas o más : se deberán servir snacks y bebidas a los pasajeros, así como la posibilidad de realizar 2 llamadas telefónicas o enviar 2 correos electrónicos.
  • Todos los vuelos con retraso de 5 horas o más : los pasajeros tienen derecho a cancelar sus reservas y obtener el reembolso de sus billetes.
  • Todos los vuelos reprogramados : la aerolínea deberá brindar alojamiento a los pasajeros, con transporte ida y vuelta desde el aeropuerto hasta el hotel.

 

La reclamación de indemnización :

Para determinar si usted es elegible o no para recibir una compensación por vuelos retrasados ​​o cancelados, o por denegación de embarque luego de una huelga de manipuladores de equipaje. Puede acudir a los sitios de empresas de asistencia en materia de indemnizaciones, que proporcionan calculadoras de indemnizaciones a los pasajeros que son víctimas de percances durante sus viajes. Obtendrá entonces una respuesta rápida y gratuita, que le permitirá conocer el importe de la compensación que puede obtener.

Una vez validada su elegibilidad, podrá reclamar lo que le corresponde a la empresa, solo o a través de expertos en el sector del transporte aéreo, que aumentarán sus posibilidades de hacer valer sus derechos y cuyos servicios seguirán siendo gratuitos hasta obtener una compensación de la empresa. o en promedio se deduce del monto un 25%, por costos de servicio.